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Sábado 24 de octubre de 2026

Accidentes en home office: cuándo cuentan como laborales en Alemania

El tribunal social de Hesse falló en sentidos opuestos en dos casos casi idénticos de accidentes durante el almuerzo. La diferencia está en la relación de cada acto con el trabajo.

Redacción

· 3 min de lectura

Accidentes en home office: cuándo cuentan como laborales en Alemania
Imagen · Frankfurter Allgemeine

El Tribunal Social del Estado de Hesse (LSG) resolvió en abril y en mayo de 2026 dos casos parecidos de trabajadores que se lastimaron en la pausa del mediodía mientras iban a comprar comida a un local de kebab o volvían de hacerlo. En el primero reconoció un accidente laboral; en el segundo, no. Según las abogadas Doris-Maria Schuster y Emma Guerra Büttner, del estudio Gleiss Lutz, que analizaron los fallos en una columna, la diferencia responde a criterios claros y no al azar.

El caso que se reconoció

La primera sentencia es del 28 de abril de 2026 (expediente L 3 U 189/24). Una empleada trabajaba a tiempo completo desde su casa, coordinaba sus horarios con los colegas y hacía el almuerzo a la hora habitual. Ese día salió alrededor de las 13.15 a buscar comida a un supermercado y a un local de kebab. En el camino tropezó y se fracturó el brazo.

El tribunal lo consideró accidente laboral: su trabajo seguía rutinas organizadas por la empresa y la comida servía para mantener su capacidad de trabajo.

El caso que se rechazó

La segunda sentencia es del 19 de mayo de 2026 (expediente L 3 U 176/25). Un programador podía elegir libremente dónde trabajar y, tras una enfermedad, cumplía seis horas diarias. Nadie registraba con precisión su horario y solía hacer la pausa entre las 13 y las 15. El día del accidente estaba en la terraza de un colega y fue a buscar kebabs para ambos, cerca de una hora antes de terminar la jornada. En la casa del colega se torció la rodilla en la escalera de la terraza.

El tribunal negó que fuera un accidente laboral. Argumentó que, con seis horas de trabajo y tan cerca del final de la jornada, comer no era necesario para sostener la capacidad laboral, y que en ese momento no había ningún vínculo con la organización de la empresa.

El criterio: la comparación con la oficina

Desde 2021, quienes trabajan en casa o de forma móvil tienen la misma cobertura del seguro de accidentes que en la empresa. La ley cerró así vacíos que había dejado la jurisprudencia. Pero, según las autoras, igualdad no significa mejor trato.

Lo decisivo es la acción concreta que llevó al accidente: si respondía a la tarea o a fines privados, cuán integrada estaba la persona en los procesos de la empresa y si el seguro la habría protegido en la misma situación en la oficina.

Ambos fallos siguen la jurisprudencia reciente del Tribunal Social Federal (BSG). Este consideró accidente laboral el de quien, trabajando en casa, bajó al sótano a subir la calefacción para seguir trabajando con calor (sentencia del 21 de marzo de 2024, B 2 U 14/21 R). También protegió como "camino laboral" el primer trayecto de la mañana del dormitorio a la oficina doméstica (sentencia del 8 de diciembre de 2021, B 2 U 4/21 R).

Qué implica para empresas y empleados

Las autoras recomiendan a los empleadores pactar expresamente el trabajo móvil, ya que la ley se apoya en eso para equiparar la cobertura, y fijar un marco claro de horarios de trabajo y de pausas. A los empleados les sugieren coordinar el almuerzo con el equipo y respetar los horarios acordados: cuanto más integrados estén en la rutina de la empresa, más probable es que el seguro intervenga.

Los dos casos de Hesse llegarán al Tribunal Social Federal, que tendrá la última palabra. Cómo valorará los trayectos para comer desde el home office sigue abierto. Mientras tanto, la línea que surge de los fallos es que ni todo accidente en casa está cubierto ni todos quedan como riesgo privado: pesan los horarios, la organización y la necesidad real de la pausa.

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