Venezuela instala el Comité de Postulaciones Judiciales en la Asamblea Nacional
El comité, que había sido juramentado un día antes, deberá armar el cronograma para seleccionar magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y otros cargos judiciales.

El Comité de Postulaciones Judiciales de la Asamblea Nacional venezolana quedó instalado oficialmente este viernes 23 de octubre de 2026 en el Palacio Federal Legislativo. Había sido juramentado el jueves, en una sesión del Legislativo.
Su presidente, el diputado Giuseppe Alessandrello, sostuvo en sus redes sociales: «La ley incorporó a los ciudadanos y ciudadanas de la sociedad en este trabajo de evaluar y seleccionar a las directivas, en este caso del Tribunal Supremo de Justicia, para buscar la pluralidad».
Los próximos pasos
Alessandrello anunció que el paso inmediato es convocar a la elaboración del cronograma de trabajo, que seguirá lo dispuesto en la Ley del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Según precisó, ese calendario fijará los lapsos para la convocatoria de postulaciones, la evaluación, la atención de impugnaciones y sus descargos. El objetivo es presentar ante la Asamblea la lista definitiva de elegibles.
Se ratificó que el trabajo del comité y la entrega del listado se ajustarán de manera estricta a los plazos del marco legal vigente.
Qué cargos están en juego
Según la información oficial de la Asamblea Nacional, el proceso apunta a seleccionar y designar a los magistrados, principales y suplentes, del TSJ. También incluye otros cargos del sector judicial, como la Dirección de la Escuela Nacional de la Magistratura. El marco es la Ley Orgánica del TSJ y la Constitución.
Alessandrello afirmó que «el Poder Judicial es la institución que va a garantizar la paz entre nosotros». Las autoridades presentan la instancia como parte del diálogo nacional para construir una "nueva Venezuela".
Lo que falta definir
Por ahora no hay fechas concretas para las etapas del proceso, que dependen del cronograma que debe aprobarse. Habrá que ver cuándo se abre la convocatoria, cómo se canaliza la participación ciudadana que menciona la ley y qué perfiles llegan a la lista final de elegibles.
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